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Veda para la corvina negra: DINARA prohíbe su extracción hasta enero de 2027

Publicado porRocha al Día

Veda para la corvina negra: DINARA prohíbe su extracción hasta enero de 2027

La DINARA estableció una veda precautoria para la corvina negra, que prohíbe su extracción bajo cualquier modalidad en ríos y arroyos que desembocan en el Río de la Plata y el océano Atlántico, además de las desembocaduras de las lagunas costeras. La medida busca proteger a una especie vulnerable, especialmente durante su período reproductivo, que se extiende entre octubre y diciembre.

La prohibición rige hasta el 1.º de enero de 2027. Las infracciones serán sancionadas de acuerdo con la normativa vigente. La Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA) estableció una nueva veda precautoria para la corvina negra (Pogonias courbina), con el objetivo de proteger la población de esta especie y favorecer la sustentabilidad del recurso.

La resolución establece la prohibición de extraer corvina negra bajo cualquier modalidad en todos los ríos y arroyos que desembocan en el Río de la Plata y en el océano Atlántico, así como en las desembocaduras de las lagunas costeras. La medida tiene especial relevancia para las zonas costeras y cuerpos de agua del este del país, donde la especie forma parte de los recursos pesqueros de la región.

¿Hasta cuándo rige la prohibición? La veda comenzó a regir desde la fecha establecida en la resolución y se mantendrá hasta el 1.º de enero de 2027. Durante ese período no estará permitida la extracción de ejemplares de corvina negra en los lugares alcanzados por la normativa.

Una especie vulnerable

De acuerdo con los fundamentos de la medida, la corvina negra presenta características biológicas que aumentan su vulnerabilidad frente a un incremento de la presión pesquera. Entre ellas se encuentran su crecimiento lento, baja fecundidad y una mortalidad natural reducida.

A esto se suma un aspecto especialmente importante: la especie forma cardúmenes reproductivos entre octubre y diciembre, período en el que la protección de las zonas de reproducción adquiere particular relevancia. La veda busca, precisamente, reducir la presión sobre estos ejemplares durante una etapa clave para la reproducción.

Las infracciones tendrán sanciones

DINARA advierte que el incumplimiento de la medida será sancionado de acuerdo con lo establecido por la Ley N.º 19.175, además de las demás disposiciones vigentes en materia de recursos acuáticos.

Desde el organismo se señala que la resolución se enmarca en el enfoque precautorio y en los principios de pesca responsable promovidos por la FAO, procurando preservar el recurso y contribuir a su disponibilidad para las próximas generaciones.

Para quienes desarrollan actividades de pesca en ríos, arroyos, desembocaduras y lagunas costeras, la recomendación es tener en cuenta la nueva disposición y verificar las condiciones establecidas por DINARA antes de realizar cualquier extracción.

Esta nota es de Rocha al Día. Verla en su sitio original apoya al medio que la publicó.

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